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Acceso a Servicios de Salud Sexual y Reproductiva

Recomendacion de Dinamarca a México
Ejes temáticos
Acceso a Servicios de Salud Sexual y Reproductiva
Marcos
Legal

Muestra fuerte avance de implementación

132.178. Armonizar la legislación federal y de los estados para despenalizar el aborto y garantizar el acceso al aborto legal y sin riesgo al menos en los casos de violación, incesto o peligro para la vida o la salud de la niña (Dinamarca); Revisar y armonizar la legislación federal y de los estados para despenalizar el aborto y permitir el aborto legal al menos en los casos de violación, incesto o peligro para la vida o la salud de la mujer (Georgia); Armonizar la legislación federal y de los estados para despenalizar el aborto al menos en los casos de violación, incesto o peligro para la salud o la vida de las mujeres (Eslovenia);


Evaluación
Legal: a partir de 2019 en 9 estados se despenalizo el aborto hasta las 12 semanas de gestación en: Oaxaca (2019), Veracruz (2021), Hidalgo (2021), Baja California (2021), Colima (2021), Sinaloa (2022), Guerrero (2022), Baja California Sur (2022) y Quintana Roo (2022). No obstante, en esta última entidad también se eliminó la causal de violación de su código penal. En el marco de dichas reformas, se eliminó el requisito de denuncia para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en el caso de las mujeres víctimas de violación para las entidades de Hidalgo, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero y Baja California Sur. En los casos de Oaxaca y Veracruz no es necesario la existencia de causa penal sobre el delito de violación para acceder a un aborto. Las penas para quienes interrumpen un embarazo después de las 12 semanas disminuyeron en Oaxaca, Hidalgo, Baja california, Colima, Sinaloa y Baja California Sur. En Veracruz no hubo modificaciones y en Guerrero se eliminó del todo las sanciones para las mujeres que interrumpan un embarazo. Quintana Roo mantuvo las penas que van de seis meses a dos años de prisión para las mujeres que interrumpan su embarazo después de las 12 semanas. En 27 estados las mujeres están excluidas de responsabilidad penal cuando de continuar el embarazo su vida corre peligro, aun cuando este peligro no sea inmediato; no hay un tiempo límite para interrumpir el embarazo bajo esta causal. Asimismo, la causal salud existe en 20 estados. La SCJN resolvió en septiembre 2021 tres sentencias. La primera sobre la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 con la que determina inconstitucional criminalizar de manera absoluta a las mujeres y personas gestantes cuando recurran a un aborto. La segunda sobre la Acción de Inconstitucionalidad 106/2018 y su acumulada 107/2018, en la que declara inconstitucional otorgar el estatus de persona al embrión o feto con el fin de adoptar medidas restrictivas del derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes. Y la tercera sobre la Acción de inconstitucionalidad 54/2018, con la que pone límites a la objeción de conciencia de las personas prestadoras de servicios de salud establecida en la Ley General de Salud a la luz del principio de laicidad, esta no puede ser argumento para negar el acceso al aborto a una mujer o persona gestante.
¿Qué falta para garantizar el cumplimiento de la recomendación?
Political Will
Regulations
• Despenalización del aborto en los 22 estados que faltan por hacerlo. • La adición de la causal de violación en el código penal del estado de Quintana Roo. • Armonizar la legislación federal y local en materia de salud para que en los estados despenalizados las mujeres puedan acceder a servicios de aborto con calidad, asequibilidad y sin discriminación. Y, a través de las leyes locales, reconocer el aborto como un servicio esencial de salud sexual y reproductiva. • Revisar las carpetas de investigación abiertas por el delito de aborto en el país, conocer cuántas de éstas corresponden a mujeres y evitar su criminalización tras el fallo de la SCJN (septiembre 2021).
Relación con el Consenso de Montevideo


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