Monitoreo EPU
            
        Todas las recomendaciones
Recomendacion de Francia a Chile
                    Ejes temáticos
                    
                      
                      Aborto                      
                    
                  Marcos
                    
                                              
                      
                      Implementación                      
                                                                                                                                                                                                    
                  Muestra mínimo avance de implementación
                  
                125.128. Garantizar el acceso a los servicios de salud a las mujeres que deseen abortar en los casos prescritos por la ley (Francia);
 Evaluación
                                            
                            si bien Chile cuenta con una ley que despenaliza el aborto en 3 causales, tras casi 6 años de entrada en vigencia persistentes barreras importantes para su implementación. Las adolescentes y niñas presentan menos acceso a la constitución de causal y una menor tasa de interrupción efectiva que otros grupos etarios. Los monitoreos sociales también han identificado brechas importantes previo a la constitución de las causales, principalmente mediante la solicitud de exámenes adicionales. Además la elevada tasa de objeción de conciencia, especialmente en al causal de violación, dificulta que se puedan garantizar la disponibildiad de profesionales no objetores en todos los turnos. 
                            
                           ¿Qué falta para garantizar el cumplimiento de la recomendación?
                      
                                                      
                          
                          Political Will                          
Regulations
                                                                            
                        Regulations
                            Es urgente avanzar en la fiscalización de la implementación de la Ley 21.030 y en la fiscalización de la objeción de conciencia para garantizar que siempre existan profesionales disponibles para realizar la interrupción. Es importante consignar que la constitución de la causal está dentro de las responsabilidades de los profesionales de salud, aún cuando estos sean objetores; algo que debe reforzarse en las capacitaciones de los equipos. 
                            
                           Relación con el Consenso de Montevideo
                       3er Ciclo
Seleccione una opción
         
         
         
         
                            