Todas las recomendaciones
115.50. Velar por que los grupos vulnerables, en particular las víctimas de la violencia de género, tengan un acceso más efectivo a la justicia (Montenegro);
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115.51. Asignar recursos suficientes al fomento de la capacidad del sistema de justicia para atender a las víctimas de la violencia contra las mujeres y las niñas, con el fin de realizar investigaciones eficaces y reducir el alto grado de impunidad en este ámbito, en consonancia con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 (Países Bajos);
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115.52. Intensificar los esfuerzos encaminados a poner fin a la impunidad de la violencia contra las mujeres garantizando, en particular, la independencia e imparcialidad del sistema judicial (República de Corea);
Recursos
115.174. Destinar los recursos financieros necesarios para el funcionamiento sostenible y eficaz del Servicio Plurinacional de la Mujer y de la Despatriarcalización y el Gabinete Especial de Lucha contra la Violencia hacia la Mujer (Canadá);
115.199. Adoptar las medidas necesarias para proteger a las mujeres contra todas las formas de violencia sexual (Luxemburgo);
Recursos
115.201. Reforzar las medidas de prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas y velar por que las víctimas tengan acceso a servicios de apoyo adecuados (Myanmar);
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115.202. Intensificar las medidas de prevención de la violencia contra las mujeres y otros grupos vulnerables de la población (Nepal);
Recursos
115.181. Intensificar su labor de concienciación a nivel local, especialmente en las zonas rurales, para prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres (Singapur);
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115.182. Dotar de recursos suficientes al Sistema Integral Plurinacional de Prevención, Atención Sanción y Erradicación de la Violencia por Razón de Género para poner en práctica debidamente las políticas y estrategias vigentes en la lucha contra la violencia de género (España);
Recursos
115.183. Avanzar en la efectiva aplicación de la Ley Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres (España);
115.184. Garantizar, en consonancia con la meta 5.2 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la efectiva aplicación de los mecanismos destinados a combatir la violencia contra las mujeres, asegurando en particular que se les proporcionen suficientes recursos financieros y humanos, y dando publicidad a sus resultados (Suiza);
115.185. Seguir con sus exitosos esfuerzos para dotar de suficientes recursos a las instituciones encargadas de combatir la violencia contra las mujeres (República Bolivariana de Venezuela);
Recursos
115.186. Aplicar plenamente la Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, de 2013, y fortalecer las instituciones nacionales pertinentes dotándolas, en forma sostenible, de suficientes recursos presupuestarios, humanos y técnicos (Bahamas);
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115.188. Intensificar las políticas y las medidas para prevenir y sancionar la violencia sexual contra las mujeres y las niñas, asegurándose de coordinar la labor de las diferentes instituciones concernidas (centros educativos y de atención de la salud, fuerzas del orden y sistema judicial) y de impartir la debida capacitación a los funcionarios públicos pertinentes (Perú);
115.189. Intensificar las medidas destinadas a prevenir la violencia física y psicológica contra las mujeres, incrementar los recursos para la asistencia a las víctimas y establecer centros de acogida en los municipios y las gobernaciones (Chile);
Recursos
115.190. Incrementar los recursos humanos y financieros de las instituciones del Estado encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los estereotipos de género, recibir e investigar las denuncias de violencia contra mujeres y brindar atención especializada y acogida a las víctimas y sus familias, y asignar recursos para la creación de programas estatales que impulsen el empoderamiento económico de las mujeres (Costa Rica);
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115.191. Seguir reforzando las políticas y los programas de lucha contra la violencia de género velando por que se tengan debidamente en cuenta las opiniones de las mujeres y niñas víctimas (Filipinas);
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115.192. Reforzar la aplicación de leyes y planes para la prevención, la atención y la sanción de la violencia contra la mujer, teniendo en cuenta la situación de especial riesgo de las mujeres indígenas y afrobolivianas , las mujeres con discapacidad, las mujeres migrantes y refugiadas y las mujeres privadas de libertad (Ecuador);
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115.193. Redoblar esfuerzos para luchar contra la violencia hacia las mujeres y las niñas reglamentando la difusión por los medios de comunicación de contenido nocivo que contribuye a la violencia psicológica, física y sexual y a la hipersexualización de las mujeres y las niñas (Haití);
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115.194. Reforzar la aplicación de políticas contra la violencia de género (Indonesia);
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115.196. Fortalecer las instituciones responsables de aplicar el marco jurídico relativo a la violencia contra las mujeres, incluida la Ley núm. 348, con el fin de ampliar el acceso a la justicia y asegurar la rendición de cuentas y la concesión de reparación a las víctimas de la violencia de género (Irlanda);
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115.198. No cejar en los esfuerzos por prevenir todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres, en particular la violencia doméstica (Italia);
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115.200. Familiarizar a los funcionarios del Estado con la Ley Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres para asegurar su efectiva aplicación (Maldivas);
115.211. Seguir aplicando programas destinados a combatir la violencia sexual contra los niños y los adolescentes (República Árabe Siria);
115.197. Aplicar plenamente la legislación destinada a eliminar la violencia de género y velar por que las víctimas obtengan justicia (Israel);